FORMULARIO 101 – INSTRUCTIVO DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA Y PRESENTACIÓN DE BALANCES FORMULARIO ÚNICO
SOCIEDADES Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
IDENTIFICACIÓN, REGISTROS Y REFERENCIAS LEGALES
REFERENCIAS | BASE LEGAL |
LRTI | LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO |
RALRTI | REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LRTI |
102 Año.- Período al que corresponde la declaración. 104 N° Formulario que sustituye.- Las declaraciones sustitutivas pueden ser presentadas cuando tales correcciones originen un mayor valor a pagar, cuando no se modifique el impuesto a pagar o implique diferencias a favor del contribuyente, registrar en este campo el No. del formulario de la declaración que se sustituye. 198 Cédula de Identidad o No. de Pasaporte del Representante Legal.-En caso de ser extranjero y su permanencia en el país sea menor a 6 meses deberá registrar el número de pasaporte de lo contrario deberá registrar el número de su cédula de identidad. OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS DEL EXTERIOR, REALIZADAS EN EL EJERCICIO FISCAL Operaciones realizadas durante el ejercicio fiscal por la sociedad con sus partes relacionadas domiciliadas en el exterior, referentes a todas las cuentas de activo, pasivo, ingresos y egresos. Dentro del grupo de casilleros “Paraísos Fiscales” registre las transacciones efectuadas con sociedades domiciliadas, constituidas o ubicadas en una jurisdicción fiscal de menor imposición, o en paraísos fiscales. Ref. Art. innumerado agregado a continuación del Art. 4 de la LRTI y Art. 4 del RALRTI.- Se considerarán partes relacionadas a las personas naturales o sociedades, domiciliadas o no en el Ecuador, en las que:
Una de ellas participe directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de la otra
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Un tercero, sea persona natural o sociedad domiciliada o no en el Ecuador, participe directa o indirectamente, en la dirección, administración, control o capital de éstas.
Mantengan transacciones con sociedades domiciliadas, constituidas o ubicadas en una jurisdicción fiscal de menor imposición, o en Paraísos Fiscales.
ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA Y DE RESULTADOS.- Trasladar los saldos de las cuentas de los Estados Financieros al 31 de diciembre del año que se declara, ajustados a las normas de contabilidad aplicables para cada caso así como a las normas legales y reglamentarias del régimen tributario. ACTIVOS 313 y 314 Cuentas y documentos por cobrar clientes relacionados.- Ref. Art. 4 del RALRTI. Saldos de valores por cobrar a personas naturales o sociedades relacionadas al 31 de diciembre del período declarado. 317 al 320 Otras cuentas y documentos por cobrar corriente.- Aquellos que no corresponden al giro del negocio Ej: préstamos a empleados. 321 Provisión cuentas incobrables.- Ref Art. 10 numeral 11 de la LRTI y Art. 28 numeral 3 del RALRTI. 323 Crédito Tributario a favor del sujeto pasivo (IVA).- Corresponde al saldo del crédito tributario por IVA al 31 de diciembre y registrado en el formulario 104. 324 Crédito Tributario a favor del sujeto pasivo (Impuesto a la Renta).- Corresponde al saldo de anticipos pagados y retenciones de Impuesto a la Renta que le han sido efectuadas, no han sido acreditadas al Impuesto a la Renta y que de conformidad con la normativa tributaria vigente aún pueden ser consideradas como crédito tributario para el ejercicio fiscal siguiente al declarado. 383 al 386 Cuentas y documentos por cobrar a largo plazo.- Saldo por cobrar registrado al 31 de diciembre del período declarado, con un plazo mayor a un año.
398 Activo por Reinversión de Utilidades.- Valor de las adquisiciones efectuadas en el período declarado y que corresponde al monto de utilidades materia de reinversión registradas en su declaración de Impuesto a la Renta del período anterior.
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PASIVOS 425 Transferencias Casa Matriz y Sucursales (exterior). – Ref. Art. 10 LRTI y Art. 30 RALRTI 428 Provisiones.- Valor de provisiones efectuadas del pasivo corriente de hasta un año plazo. 456 Provisiones para Jubilación Patronal.- Ref. Art. 28 numeral 1 literal f) del RALRTI. Valor de las provisiones para jubilación patronal de acuerdo a condiciones reglamentarias y al estudio actuarial elaborado por sociedades o profesionales debidamente registrados en la Superintendencia de Compañías o Bancos. Igual aplicación para los casilleros 737 y 738. 457 Provisiones para desahucio.- Ref Art.28 numeral 1 del RALRTI. 458 Otras provisiones.- Valor de las provisiones no corrientes de plazo mayor a un año. PATRIMONIO 507 Reserva Legal.- Valor que debe constituirse obligatoriamente por disposición de la Ley de Compañías o Ley General de Instituciones del Sistema Financiero. 509 Otras reservas.- Registrar los valores como consecuencia de la reserva facultativa y estatutaria, de capital, por valuación, donaciones y otras. 515 Pérdida acumulada ejercicios anteriores.- Registrar el saldo de la pérdida acumulada cuya compensación está pendiente y es deducible. 517 Utilidad del Ejercicio.- Utilidad del ejercicio que se declara, descontada la participación en utilidades de trabajadores y el Impuesto a la Renta Causado. INGRESOS 603 Exportaciones Netas.- Registre el valor neto de las exportaciones facturadas. 604 Otros ingresos provenientes del exterior.- Registre el valor de los ingresos obtenidos en el exterior que sean rentas gravadas. Los ingresos provenientes del exterior exentos se reportarán en el casillero 612 (rentas exentas).
605 Rendimientos Financieros.- Registre el valor de los ingresos pagados por las instituciones del sistema financiero y por créditos a mutuo en calidad de
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intereses. Los rendimientos financieros exentos se reportarán en el casillero 612 (rentas exentas). 606 Otras Rentas gravadas.- Todo ingreso gravado obtenido por la sociedad, que no se haya considerado en los demás conceptos de ingresos gravados. 609 al 611 Rentas exentas provenientes de donaciones y aportaciones.- Ref. Art. 9 numeral 5 de la LRTI y 19 del RALRTI. Registre los ingresos percibidos por instituciones de carácter privado sin fines de lucro correspondiente a donaciones y aportaciones de fondos públicos, otras locales y recursos del exterior. 612 Otras rentas exentas.- Registre aquellos ingresos que de acuerdo con la LRTI y RALRTI se encuentran exentos del Impuesto a la Renta.
692 Ingresos por Reembolso como intermediario (informativo).- Registre los valores que le hayan sido reembolsados cuando haya actuado como intermediario en una figura de reembolso de gastos, estos datos son de carácter informativo y no incluyen a la comisión percibida por reembolso, misma que será reportada en el casillero correspondiente.
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