Publicado el 31/Enero/2012 | 00:26
Impuestos
A partir de mañana, entran
A partir de mañana, entran
en vigencia los nuevos formularios 101, 102, 102A, 103, 104 y 104A.
El 1.º de febrero, los contribuyentes cancelarán sus haberes en nuevos formularios establecidos por Servicio de Rentas Internas (SRI).
El formulario 102 es para las personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad. En este documento, todos los montos deben ser ingresados en valor absoluto; es decir, no se deben utilizar ni el signo menos, ni paréntesis para valores negativos.
Además, la deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados, y en ningún caso, será mayor al equivalente a 1,3 veces la fracción básica exenta del IR.
El monto equivalente a la fracción básica exenta de IR se deberá calcular para los rubros de vivienda, educación, alimentación, vestimenta por 0,325 veces y salud, 1,3 veces.
El formulario 103 es para realizar la declaración de retenciones a la fuente del IR, pero debe tomar en cuenta que en los casos que existan pagos previos por parte del sujeto pasivo se deberá eliminar los valores pagados a intereses, impuesto y multas según los gastos que tenga. (DLB)
El 1.º de febrero, los contribuyentes cancelarán sus haberes en nuevos formularios establecidos por Servicio de Rentas Internas (SRI).
El formulario 102 es para las personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad. En este documento, todos los montos deben ser ingresados en valor absoluto; es decir, no se deben utilizar ni el signo menos, ni paréntesis para valores negativos.
Además, la deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados, y en ningún caso, será mayor al equivalente a 1,3 veces la fracción básica exenta del IR.
El monto equivalente a la fracción básica exenta de IR se deberá calcular para los rubros de vivienda, educación, alimentación, vestimenta por 0,325 veces y salud, 1,3 veces.
El formulario 103 es para realizar la declaración de retenciones a la fuente del IR, pero debe tomar en cuenta que en los casos que existan pagos previos por parte del sujeto pasivo se deberá eliminar los valores pagados a intereses, impuesto y multas según los gastos que tenga. (DLB)
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